Actuación del Biomédico en la Salud Estética

NEPUGA informa a los profesionales biomédicos y a la comunidad académica que, en los últimos días, han circulado contenidos sobre el proceso que discute la Resolución CFBM n.º 241/2014.

Laís Bianquini 2 min de lectura
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Comunicado oficial Nepuga

NEPUGA informa a los profesionales biomédicos y a la comunidad académica que, en los últimos días, han circulado contenidos sobre el proceso que discute la Resolución CFBM n.º 241/2014.

Es importante aclarar, con serenidad y responsabilidad, que hubo una sentencia en primera instancia que determinó la anulación de dicha resolución, pero este tipo de decisión no cierra automáticamente el tema, pues el asunto sigue sujeto a las instancias superiores. El CFBM interpuso un recurso contra la decisión dictada ahora por el TRF1, por lo que la discusión continúa en curso y no debe tratarse como definitiva en este momento.

Ante esto, NEPUGA recomienda evitar conclusiones apresuradas y no basarse en titulares o fragmentos sin análisis técnico, y aconseja seguir las comunicaciones oficiales del CFBM/CRBMs y las eventuales orientaciones normativas emitidas por los órganos competentes.

NEPUGA seguirá acompañando el tema y, si hay actualizaciones oficiales relevantes, las comunicará de forma objetiva y responsable.

Para más información y fundamento, consulta también el comunicado oficial del Consejo Federal de Biomedicina (CFBM) sobre el tema:

El Consejo Federal de Biomedicina (CFBM), en respeto a los profesionales biomédicos y a la sociedad brasileña, hace público un aviso para aclarar los recientes desarrollos jurídicos acerca de la Resolución n.º 241/2014, que regula la actuación del biomédico en el área de estética.

Recientemente, el Tribunal Regional Federal de la 1.ª Región (TRF1) dictó una decisión que anula dicha Resolución. En el entendimiento de este Consejo Federal, tal decisión fue equivocada y refleja una interpretación que desconoce la sólida base científica y la rigurosa formación académica que capacita al biomédico para ejercer las actividades estéticas.

El CFBM presentó un recurso (Embargos de Declaración) con el fin de subsanar omisiones y contradicciones en la decisión, incluso con efectos modificativos, reafirmando que la regulación de la profesión es una atribución legal de este Consejo y que el biomédico tiene plena competencia técnica para realizar los procedimientos previstos. Es fundamental destacar que aún caben diversos recursos y que la decisión no tiene carácter definitivo ni representa la última palabra del Poder Judicial sobre el tema. El proceso seguirá siendo objeto de una rigurosa discusión jurídica.

Esta autarquía subraya que dicha decisión judicial no impide el ejercicio de los biomédicos en la salud estética. Los profesionales debidamente habilitados siguen plenamente respaldados por un sólido marco normativo que permanece vigente, que incluye las Resoluciones n.º 197/2011, 200/2011, 307/2019, 347/2022, 348/2022, 359/2023 y 363/2023, así como las Instrucciones Normativas n.º 001/2012, 003/2015, 004/2015 y 005/2015, todas del Consejo Federal de Biomedicina. La seguridad jurídica para el ejercicio profesional de la categoría se mantiene, por lo tanto, mediante estos actos normativos vigentes.

El CFBM reafirma su compromiso inquebrantable de luchar en todas las instancias judiciales (STJ y STF) para garantizar que el biomédico habilitado en estética siga ejerciendo su profesión con dignidad.
Lee el texto íntegro de la Nota de Aclaración en https://cfbm.gov.br

Laís Bianquini

Equipo de contenido de NEPUGA — Núcleo de Especializações Ana Carolina Puga.

Dra. Fernanda Ribeiro, alumna de Nepuga

Mientras tú lo piensas, hay personas menos preparadas, pero con valor, que ya lo están haciendo.

No esperes el escenario perfecto, porque el escenario perfecto no existe.”

Dra. Fernanda Ribeiro Alumna de Nepuga del Posgrado en Fisioterapia Dermatofuncional
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